Lo de los 3 dias lo está detallando usted, en el programa las primeras 48 se trata es de recolectar evidencias que le sirvan a la fiscalía tener pruebas contundentes en ese lapso, y que permitan hacer justicia de forma vertiginosa (no es de 3 dias) eso puede llevar meses y años, la diferencia es que en USA se mueven mas rápidos que acá, y lo de Nicolás Petro, Benedetti, y tanto casos que hay con los políticos poderosos de Colombia, eso quedará asi, si ya se apagó lo de Odebrecht ¿ quien garantiza que los implicados en los escándalos de corrupción de la actualidad se irán presos?, lo que si esta seguro es que Olmedo y los que denunciaron serán los que pagaran cárcel, el resto se pueden dar por bien servidos.
Leyendo su comentario anterior, y este, veo que usted está confundiendo peras con manzanas.
Una cosa es la investigación, otra el Juicio penal. El primero lo adelanta la Fiscalía, y el segundo se adelanta ante un Juez, donde la Fiscalía se presenta a audiencia con esas pruebas que recolectó.
Cuando hablo de favorabilidad, hablo de la aplicación de la ley más favorable al imputado, si el delito se comete durante el tránsito de legislaciones. En este caso, la vigente es la ley 906 de 2004, que seguiría siendo aplicable para todos los casos ocurridos antes de que entre una hipotética reforma a esa ley. Es decir, por hacer más se termina haciendo menos, y se lo digo por experiencia: Me tocó ver lo que pasó con muchos casos que iniciaron con la ley 600 de 2000, y que duraron como hasta 2015 en juzgados penales de descongestión.
Dicho de otro modo, la Fiscalía podrá investigar todo lo que quiera, rápido si se quiere. Pero si sale una reforma como la que usted menciona, por más que quiera que aplique para los casos de Nicolás Petro, o Benedetti, se sigue aplicando la ley actual. Traducción: Más vencimiento de términos, más dilaciones... todo igual.
Finalmente, lo de vencimiento de términos vino con la ley 906 de 2004 pero es una garantía constitucional, de ahí el dilema que tiene Petro, y el país, con una reforma a la Constitución.
Sin una reforma a la Constitución, da igual la norma que se cree, seguirá existiendo el vencimiento de términos.
Otra solución es que le den más recursos a la Fiscalía, para que investigue todo más rápido. Para eso, la Fiscal ha propuesto que eliminen el delito de violencia intrafamiliar o inasistencia alimentaria, que todos los abogados sabemos que son delitos estúpidos, redundantes, y que no solucionan nada (el primero, porque es más lógico que les apliquen lesiones personales, que tiene hasta más pena, y el segundo porque es meter a la cárcel a una persona por tener deudas, lo cual precariza todavía más a esa persona). El tema es que eso requiere ¿Adivine?: Otra reforma a la constitución, porque si bajan el delito de inasistencia alimentaria hoy, o el de violencia intrafamiliar, la Corte puede declarar inexequible esa modificación al Código Penal, con base en que la Familia es el núcleo de la sociedad, y esas cosas.