Impuestos Declaración de renta

Todo lo relacionado a pago de impuestos, aranceles y aduanas.
Han tenido experiencia pagando renta desde el botón PSE de la DIAN pero usando la opción de Tarjeta de Crédito?

Hice el pago (a una cuota, naturalmente) y quiero preguntarles cuándo debería verse saldada la obligación en el portal de la DIAN.
 
Han tenido experiencia pagando renta desde el botón PSE de la DIAN pero usando la opción de Tarjeta de Crédito?

Hice el pago (a una cuota, naturalmente) y quiero preguntarles cuándo debería verse saldada la obligación en el portal de la DIAN.
Asi se dejen a una cuota, pagar impuestos con TC SIEMPRE generan intereses
 
Han tenido experiencia pagando renta desde el botón PSE de la DIAN pero usando la opción de Tarjeta de Crédito?

Hice el pago (a una cuota, naturalmente) y quiero preguntarles cuándo debería verse saldada la obligación en el portal de la DIAN.

Normalmente un par de días, pero con la contingencia quizá tarde un poco mas.
 
Holas, una ayuda, acá ya se tiene todo listo pero nunca nos pasa la firma electrónica, no ha servido ninguna de las claves que manejamos por la pagina, vemos imposible recuperarla, alguien me podría orientar en el tema, que hacer
 
"Para cumplir con tu cita virtual para actualizar o solicitar tu RUT por primera vez, debes realizar los siguientes pasos:

1. Debes enviar tu cédula escaneada y el formulario 001 pre diligenciado. En el siguiente enlace puedes descargar el formulario 001 para que lo diligencies https://www.dian.gov.co/Documents/RUT_1_4_0_editable.pdf

2. El día que tengas la cita, deberás enviar un correo electrónico con los documentos a la dirección de correo electrónico que te corresponde de acuerdo a tu dirección seccional (ciudad). En el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/Paginas/Informacion-Inscripcion-Virtual-RUT.aspx, seleccionas la opción de “Correos Electrónicos para Trámites por VideoAtención” y eliges el que te corresponde de acuerdo a tu dirección seccional (ciudad).

3. Recuerda que antes de las 9:00 de la mañana del día de la cita, deberás enviar al correo indicado por la Dian el formulario 001 del RUT pre diligenciado y los documentos necesarios para que la DIAN gestione el trámite (preferiblemente en formato PDF).

4. Antes de las 5:00 pm del día de tu cita recibirás un correo electrónico que informa la respuesta al trámite."
como actualizar el documento de TI a CC
Holas, una ayuda, acá ya se tiene todo listo pero nunca nos pasa la firma electrónica, no ha servido ninguna de las claves que manejamos por la pagina, vemos imposible recuperarla, alguien me podría orientar en el tema, que hacer
Atrás me ayudaron..
Holas, una ayuda, acá ya se tiene todo listo pero nunca nos pasa la firma electrónica, no ha servido ninguna de las claves que manejamos por la pagina, vemos imposible recuperarla, alguien me podría orientar en el tema, que hacer
 
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Bueno, les cuento que acabo de hacer el pago de la declaración. Con las nuevas políticas y la reforma del gobierno, me tocó usar la opción de un contador con Tributi. ¡Qué lío esa vaina! Además, los precios de la DIAN se dispararon. Pero bueno, más platica para el gobierno 👤💰, porque la inversión nunca se verá (aplica tanto para la derecha como, aún más, para la izquierda con su nuevo socialismo) 😔

Nos escribiremos por acá en el nuevo año !!
 
El año pasado realicé compras en exito.com y en Rappi (con factura emitida por Carulla), pero estas no son susceptibles de beneficios porque están marcadas 'en efectivo', cuando en realidad fueron pagadas por medios electrónicos. Es esto válido?
 
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El año pasado realicé compras en exito.com y en Rappi (con factura emitida por Carulla), pero estas no son susceptibles de beneficios porque están marcadas 'en efectivo', cuando en realidad fueron pagadas por medios electrónicos. Es esto válido?

estamos igual, iba a escribir lo mismo.

y ahí que!

el año pasado compre 3 portátiles y entre todo, suma mas de 10m.

que tal?, y ellos tranquilos!

además en la exógena dice que es susceptible al beneficio y que no, claramente eso del éxito no!
 
El año pasado realicé compras en exito.com y en Rappi (con factura emitida por Carulla), pero estas no son susceptibles de beneficios porque están marcadas 'en efectivo', cuando en realidad fueron pagadas por medios electrónicos. Es esto válido?
Siempre que tengas la forma de demostrar que las compras en efecto fueron realizadas por medio electrónico (imagino que el extracto del medio de pago puede servirte) podrías utilizarla para descontarla en la declaración a realizar para este año, de ahora en más tenemos que estar más atentos cuando nos expidan las facturas o los documentos electrónicos equivalentes para que reflejen el medio por el cual se realizó el pago
 
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Reacciones: Lethrgic y nietzshe
El año pasado realicé compras en exito.com y en Rappi (con factura emitida por Carulla), pero estas no son susceptibles de beneficios porque están marcadas 'en efectivo', cuando en realidad fueron pagadas por medios electrónicos. Es esto válido?

toca revisar una a una lo que reportaron con cada

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Por favor diligencia los siguientes datos:

CUFE o UUID

 
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Bueno, les cuento que acabo de hacer el pago de la declaración. Con las nuevas políticas y la reforma del gobierno, me tocó usar la opción de un contador con Tributi. ¡Qué lío esa vaina! Además, los precios de la DIAN se dispararon. Pero bueno, más platica para el gobierno 👤💰, porque la inversión nunca se verá (aplica tanto para la derecha como, aún más, para la izquierda con su nuevo socialismo) 😔

Nos escribiremos por acá en el nuevo año !!
Haciendo un sondeo con conocidos en general la declaración aumentó entre un 30 y hasta un 60%, una locura con el nivel de inflación que llevamos padeciendo estos dos últimos años.

Y falta la nueva reforma tributaria (realmente es la continuación de una clavada que nos dividieron en dos partes).

Siempre que tengas la forma de demostrar que las compras en efecto fueron realizadas por medio electrónico (imagino que el extracto del medio de pago puede servirte) podrías utilizarla para descontarla en la declaración a realizar para este año, de ahora en más tenemos que estar más atentos cuando nos expidan las facturas o los documentos electrónicos equivalentes para que reflejen el medio por el cual se realizó el pago
Creo que no es así: el artículo 336 no habla de compras por medio electrónico, sino de pagos por ese medio.

Si el pago fue en efectivo no hay nada qué hacer.
 
Bueno, les cuento que acabo de hacer el pago de la declaración. Con las nuevas políticas y la reforma del gobierno, me tocó usar la opción de un contador con Tributi. ¡Qué lío esa vaina! Además, los precios de la DIAN se dispararon. Pero bueno, más platica para el gobierno 👤💰, porque la inversión nunca se verá (aplica tanto para la derecha como, aún más, para la izquierda con su nuevo socialismo) 😔

Nos escribiremos por acá en el nuevo año !!
También opté por Tributi y qué proceso tan tedioso
 
Laneros, alguno ha declarado acciones y dividendos por Tributi? Cómo se hace? En la parte de dividendos es un enredo, son varias opciones para llenar y no tengo idea de dónde poner los recibidos en 2023 y la retención en la fuente (es la única información que me da la comisionista).
Screenshot_2024-08-21-06-57-15-716.jpeg
 
Haciendo un sondeo con conocidos en general la declaración aumentó entre un 30 y hasta un 60%, una locura con el nivel de inflación que llevamos padeciendo estos dos últimos años.

Y falta la nueva reforma tributaria (realmente es la continuación de una clavada que nos dividieron en dos partes).


Creo que no es así: el artículo 336 no habla de compras por medio electrónico, sino de pagos por ese medio.

Si el pago fue en efectivo no hay nada qué hacer.
Es correcto, entendí que a lo que se refería el lanero es que había hecho el pago por medio electrónico y que en la factura le marcaron como efectivo, por lo cual el error es de parte del facturador y para efectos del criterio para aplicar el descuento aplicaría aun cuando el facturador haya equivocado marcar el medio de pago correcto, lo importante sería poder soportar el hecho.
 

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